Consolidación financiera: Métodos

Las empresas, con el fin de crecer o sobrevivir, entre ellas se pueden producir las siguientes operaciones:


Las empresas, con el fin de crecer o sobrevivir, entre ellas se pueden producir las siguientes operaciones:

  • Fusiones entre empresas
  • Compra de una parte del negocio de una empresa por parte de otra
  • Compra de acciones de una empresa por parte de otra.

De estas probables operaciones comerciales, sólo en el caso de compra de acciones, tanto la adquiriente como la adquirida, mantienen su independencia jurídica, es decir, siguen existiendo como empresas individuales, pero quizás queden bajo una dirección única, obligadas, por consiguiente, a consolidar su información financiera.

Según el porcentaje de propiedad y/o control que tiene la sociedad dominante sobre las dependientes se aplicarán uno de los siguientes métodos para consolidar la información del grupo:

  • Método de integración global. Consiste en la incorporación al balance de la sociedad dominante el total patrimonio de las sociedades dependientes y en la cuenta de pérdidas y ganancias de la sociedad dominante se incorporarán todos los ingresos y gastos de las sociedades dependientes.  Aplicable a las sociedades dependientes o filiales en las que se tiene un control del 100%.
  • Método de integración proporcional. Similar al método de integración global, salvo que se agrega en la proporción que se posea de la sociedad multigrupo dado que se gestiona conjuntamente con alguien más.
  • Procedimiento de puesta en equivalencia (método de participación).  Se aplica a las sociedades asociadas.  Es un método carece de la fase de agregación. Para una sociedad multigrupo se puede aplicar este método.

El conjunto de sociedades que se integran por los métodos de integración global e integración proporcional se denomina “conjunto consolidable”.

El conjunto de sociedades que se integran por los métodos de integración global, integración proporcional y puesta en equivalencia se denomina “perímetro de consolidación”.

Consolidación Financiera: Marco normativo

Cuando se trata de implementar una herramienta informática para automatizar un proceso de negocio, la clave está en comprender el proceso, pero si el área implicada es la económica – financiera – contable, quizás conlleve más tiempo de lo habitual comprenderlo si es que no se tiene una base de conceptos sobre las técnicas contables y financieras. Si particularizamos dónde puede ser más crítico la falta de un conocimiento funcional a la hora de implementar una solución automatizada, creemos que es en la Consolidación Financiera.


Cuando se trata de implementar una herramienta informática para automatizar un proceso de negocio, la clave está en comprender el proceso, pero si el área implicada es la económica – financiera  – contable, quizás conlleve más tiempo de lo habitual comprenderlo si es que no se tiene una base de conceptos sobre las técnicas contables y financieras.  Si particularizamos dónde puede ser más crítico la falta de un conocimiento funcional a la hora de implementar una solución automatizada, creemos que es en la Consolidación Financiera.

Sin pretender detallar o profundizar  en las técnicas de la Consolidación, compartiremos en esta entrada y en siguientes, unas pinceladas al respecto, comenzando por lo primero, el marco normativo que la regula.

Una definición sobre Consolidación

La consolidación es una técnica que permite obtener estados financieros agregados de un grupo de empresas, entendiéndose como grupo a un Conjunto de sociedades donde se ejerce un control o dirección única por parte de una sociedad dominante o matriz sobre un conjunto de sociedades dependientes o filiales.  Los grupos de empresas no tienen personalidad jurídica, no existen legalmente pero si económicamente, actuando como una entidad.

Además de las figuras de sociedad matriz y sociedades dependientes, se puede presentar el concepto de sociedad multigrupo, el cual define a empresas gestionadas por una o varias sociedades del grupo conjuntamente con otra u otras ajenas al grupo.

Marco Normativo

Conceptos o definiciones como las anteriores se desprenden del marco normativo que se utiliza en un país o región, pero en el caso de  la consolidación financiera, la gran mayoría de los países tiene un marco legal/normativo basado en las denominadas NIIF.

Más de 75 países obligan total o parcialmente la aplicación de las NIIF , en el ámbito europeo, la consolidación está regulada por las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) o International Financial Reporting Standards (IFRS).  Las NIIF existente desde los años 70 (en 1973 surgen las NIC, Normas Internacionales de Contabilidad, ampliadas en 2001, constituyéndose las actuales NIIF), pero recién en 2005 Europa la considera como referencia para la consolidación de estados financieros de cualquier grupo cotizado en cualquier bolsa europea.

Las NIIF son normas identificadas por un número, cada una de ellas regula un aspecto concreto de la información financiera de las empresas o de los grupos de empresas, las NIIF que afectan a la consolidación financiera son las siguientes:

  • NIIF 10: Estados financieros consolidados.
  • NIIF 11: Acuerdos conjuntos.
  • NIIF 12: Información a revelar sobre participaciones en otras entidades

En cuanto al marco legal que regula la consolidación en España:

  • Código de Comercio, artículos del 42 al 49 (aquí)
  • Real Decreto 1159/2010, el cual aprueba las “Normas para la formulación de las cuentas anuales consolidadas” (NFCAC). (aquí)

La normativa española se ha adaptado según las NIIF, los grupos de empresas que no cotizan en bolsa pueden optar libremente entre la normativa española y las NIIF.  Basta que cualquier empresa de un grupo cotice en un bolsa europea para que se consolide bajo las pautas de la normativa NIIF.

Referencias: